Prestadores

Información para Prestadores

Con los profesionales de la salud y los Centros Asistenciales, brindamos un servicio de excelencia médica.

Normas Administrativas

  • Documentación requerida a los afiliados para el acceso a las prestaciones.

    Documentación requerida a los afiliados para el acceso a las prestaciones.

    Credencial identificatoria del afiliado con cupón actualizado.

    Todos los planes de OSDIPP contemplan una cobertura del 100% en las prestaciones contratadas (incluyendo medicamentos y materiales descartables para estudios), por lo que no se podrá exigir a los afiliados aranceles diferenciados ni coseguros, salvo en el plan 100 Plus que abonan coseguro para acceder a consultas en consultorio en algunas instituciones.

    En caso de ser necesario algún tipo de material y/o medicamento no contemplado en el convenio vigente, rogamos contactarse con el Sector de Contrataciones - contrataciones@osdipp.com.ar – Tel. (011) 5129-3900.

    Prácticas Médicas:

    El afiliado deberá presentar en recetario original, con membrete del profesional o institución correspondiente (no se aceptan recetarios con publicidad o en blanco), no exhibir tachaduras, enmiendas ni agregados y cumplimentar los siguientes requisitos:

    • Nombre y apellido del paciente
    • Número de afiliado a OSDIPP
    • Práctica indicada
    • Diagnóstico cierto o presuntivo
    • Firma y sello del profesional con número de matrícula
    • Fecha
  • Requisitos para que los afiliados accedan a las prestaciones.

    Consultas médicas en consultorio:

    Únicamente los afiliados del plan 100 Plus abonan coseguro para acceder a consultas en consultorio en algunas instituciones.

    No se abona coseguro en las consultas en domicilio.

  • Autorización de estudios diagnósticos, de rutina y alta complejidad.

    AUTORIZACIONES DE ESTUDIOS DIAGNOSTICOS, DE RUTINA Y ALTA COMPLEJIDAD.

    Con el objetivo de mejorar la atención de nuestros afiliados, OSDIPP ha decidido liberar de la autorización previa a las “prestaciones de uso frecuente”.

    PRÁCTICAS QUE NO REQUIEREN AUTORIZACIÓN:

    1. DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES : (Incluye material de contraste y medicación)

    No requieren autorización las siguientes prácticas: (*)

    • Ecografías
    • Radiología
    • Tomografía Computada
    • Resonancia Magnética Nuclear
    • Densitometrías
    • Medicina nuclear

    2. PRÁCTICAS DE URGENCIA EN GUARDIA:

    No requieren autorización aquellas que por su baja o mediana complejidad y urgencia no pueden esperar la autorización previa: suturas, reducción de fracturas, yesos, punciones, drenajes, extracción de cuerpo extraño, exudado de fauces (streptest), atención de quemados, curaciones, lavado gástrico, etc. (*)

    3. LABORATORIO BIOQUÍMICO NOMENCLADO Y NO NOMENCLADO

    Ninguna práctica de laboratorio contratada requiere autorización.

    4. PRÁCTICAS DIAGNÓSTICAS EN INTERNACIÓN .

    Ninguna práctica diagnóstica contratada en internación requiere autorización.

    5. PRÁCTICAS DIAGNÓSTICAS AMBULATORIAS

    No requieren autorización las prácticas contratadas (nomencladas y no nomencladas) de las siguientes especialidades: (*)

    • Cardiología
    • Dermatología
    • Endocrinología
    • Gastroenterología
    • Ginecología y Ostetricia
    • Hematología, Hemoterapia
    • Nefrología
    • Neumonología
    • Neurología
    • Oftalmología
    • Otorrinolaringología
    • Urología

    (*) Con excepción de las citadas expresamente en el ítem : “REQUIEREN AUTORIZACIÓN PREVIA” (Ver hoja 3)

    REQUIEREN AUTORIZACIÓN PREVIA:

    • Internaciones Clínicas o Quirúrgicas (Las internaciones de urgencia serán autorizadas en tiempo diferido, con el envío de resumen de historia clínica)
    • Prácticas Quirúrgicas Ambulatorias programadas.
    • Dermatología : Prácticas no nomencladas
    • Alergia e Inmunología : Prácticas programadas.
    • Anatomía patológica : Prácticas no nomencladas.
    • Cardiología : Rehabilitación Cardiópata. Estudios electrofisiológicos. Estudios hemodinámicos y Angiocardiorradiología.
    • Imágenes : Ecografía 3D y 4D. Tomografía con reconstrucción tridimensional. Intervencionismo bajo control ecográfico, radiológico o tomográfico.
    • Nutrición : Consultas con nutricionista. Evaluación nutricional. Antropometría.
    • Genética . Histocompatibilidad.
    • Obstetricia : Método psicoprofiláctico del parto.
    • Hemoterapia : Transfusiones sangre, hemoderivados. Aféresis.
    • Rehabilitación : Fisiokinesioterapia, láser, magnetoterapia. Rehabilitación del lenguaje, neurológica (cognitivas, psicomotricidad). Drenaje linfático. Rehabilitación Postural Global (RPG). Terapia ocupacional
    • Medicina Nuclear : PET (Tomografía por Emisión de Positrones)
    • Nefrología : Hemodiálisis
    • Oftalmología : Topografía corneal, Paquimetría.
    • Endoscopías diagnósticas y terapéuticas.
    • Radioterapia nomenclada y no nomenclada. Puvaterapia.
    • Oncología : Tratamientos oncológicos. Quimioterapia endovenosa ambulatoria (oncológica y no oncológica)
    • Urología : Litotricia extracorpórea.
    • Trasplantes : Trasplantes. Estudios pre y post transplante.
    • Tratamiento esclerosante de várices.

    PRÁCTICAS NO CUBIERTAS: (**)

    Estudios y prácticas relacionados con:

    • Obesidad. Biofeedback.
    • Disfunciones sexuales (impotencia), fertilidad, fecundidad e inseminación artificial.
    • Obtención de células madre y criopreservación de células.

    Cirugía plástica y tratamientos dermatológicos con fines estéticos.

    (**) Consultar a OSDIPP por planes con cobertura especial (Planes: Magnus y 1 Plus)

    PRÁCTICAS NO CONVENIDAS / NO CONTRATADAS:

    Requerirán el envío PREVIO de la descripción de la práctica, diagnóstico y el presupuesto discriminado de la misma. Se evaluará la cobertura de acuerdo a la evidencia y efectividad clínica publicada y la cobertura de Plan del afiliado.

    SALUD MENTAL (Psiquiatría, psicología, drogadicción, bulimia y anorexia):

    Sólo a través de Centros contratados por OSDIPP (Consultar).

  • Cómo proceder ante una prestación de urgencia.

    En caso de tratarse de una prestación médica de urgencia que imposibilita la previa obtención de la autorización, o si se tratara de días sábados, domingos o feriados, el profesional o Institución deberán brindar la atención y documentarán el servicio prestado en los recetarios correspondientes, consignando la leyenda URGENCIA.

    Dentro de las 24 horas siguientes, un familiar del afiliado deberá contactarse con OSDIPP a fin de realizar los trámites habituales para la autorización, entregándola al profesional o Institución actuante dentro de los 5 (cinco) días de realizada la prestación.

    Cabe aclarar que es responsabilidad primaria del afiliado gestionar cualquier tipo de autorización. La autorización también puede ser tramitada por el profesional y/o institución interviniente, no siendo su responsabilidad implícita.

    Si por cualquier motivo no pudiera obtenerse la autorización correspondiente, el prestador podrá facturar a OSDIPP las prácticas realizadas, justificando debidamente el carácter urgente de las mismas y la imposibilidad de haber obtenido la autorización.

  • Planes vigentes en OSDIPP.

    (de acuerdo al convenio firmado con cada Prestador o comunicaciones habilitantes posteriores al mismo)

    Para identificar el plan de cada afiliado, se deberá ver el cupón que se encuentra pegado en el dorso de la credencial.

    Afiliados en Relación de Dependencia:

    • Plan Magnus
    • Plan 1 Plus
    • Plan 1
    • Plan 2
    • Plan 3
    • Plan 4

    Afiliados Voluntarios:

    • Plan Magnus
    • Plan 100
    • Plan 100 Plus
    • Plan 200
    • Plan 300
    • Plan 150
    • Plan 250
    • Plan 350
    • Plan 450

    El nombre de los planes de Afiliados en Relación de Dependencia , se compone de un número y una letra. Esta última indica el descuento en medicamentos, cuando se los compra en farmacias adheridas.

  • Prestaciones excluidas de la cobertura.

    OSDIPP no reconoce cirugías plásticas y tratamientos dermatológicos con fines estéticos, acupuntura, prácticas e intervenciones en etapa experimental y/o de investigación no aprobadas por organismos médicos reconocidos, aborto criminal, curas de reposo, tratamientos de rejuvenecimiento, adelgazamiento, baños termales, hidroterapia, intervenciones genéticas e internaciones geriátricas.

    Estudios y prácticas relacionados con:

    • Obesidad. Biofeedback.
    • Disfunciones sexuales (impotencia), fertilidad, fecundidad e inseminación artificial.
    • Obtención de células madre y criopreservación de células.

    (**) Consultar a OSDIPP por planes con cobertura especial (Planes: Magnus y 1 Plus)

    OSDIPP no aceptará la facturación de prótesis u ortesis dado que las mismas se brindarán conforme al PMO, por vía directa o de reintegro, con autorización previa de la Auditoría Médica.

  • Documentación a remitir a OSDIPP junto con la facturación.

    Las prestaciones deben ser facturadas mensualmente a OSDIPP por EL PRESTADOR individualizando:

    • Profesional actuante que la brindó,
    • Afiliado que fue atendido.
    • Mes y Año en que fueron realizadas.
    • Códigos del NN correspondientes a cada una.

    Adjuntar toda la documentación original que respalde las mismas:

    • Planilla "Informe de Prestaciones" ambulatorias o documentación propia (planilla, bono, comprobante, etc.) que contenga los datos requeridos por OSDIPP , siempre firmada por el Afiliado en conformidad con la prestación recibida.
    • Órdenes médicas por prácticas que no requieren autorización, con firma del Afiliado y fecha de realización.
    • Órdenes de prácticas autorizadas por OSDIPP , en aquellos casos en que sea requisito para la prestación, con firma del Afiliado y fecha de realización.
    • Constancias que avalen las prestaciones de urgencia.
    • Historia Clínica en caso de prestaciones en internación.
    • Protocolo Quirúrgico donde deberá constar la intervención o práctica realizada, con el nombre del profesional actuante (cirujano, ayudante, instrumentadora, monitoristas, anestesistas, etc.) con el número de matrícula y firma de cada uno de ellos.
    • Copia de informes de Resonancia Magnética Nuclear y Tomografía Axial Computada efectuadas.
  • Fechas y lugares de presentación de la facturación mensual.

    La facturación podrá presentarse en el horario de 8.30 a 17 horas según calendario establecido con cada prestador, en la Sede Administrativa de Capital Federal o en el Centro de Atención al Público de OSDIPP más cercano.

  • Pago de prestaciones.

    La facturación será abonada según los plazos estipulados en cada convenio y el pago se efectuará exclusivamente a través del sistema DATANET, por depósito en la cuenta bancaria que el prestador indique.

    Para dar de alta el pago por sistema DATANET obtenga el formulario de adhesión en la sección “Formularios útiles” del presente sitio web. Complételo con los datos solicitados y remítalo por e-mail a tesoreria@osdipp.com.ar

  • Contactos.

    Área de Contrataciones

    contrataciones@osdipp.com.ar
    Sra. Liliana Pérez
    Sra. Liliana Amaya
    Sr. Roberto Lontrato

    Tesorería

    tesoreria@osdipp.com.ar
    Sr. Leandro Sgro - Tel. (011) 5129-3940
    Srta. Vanesa Coca - Tel. (011) 5129-3966

    Liquidación de Prestaciones Médicas

    prestadores@osdipp.com.ar
    Sr. Mariano Muruzabal
    Tel. (011) 5129 - 3936
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